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URB001 - Declaración Responsable de Obra con Proyecto

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URB001 - Declaración Responsable de Obra con Proyecto

A partir del 20/05/2026 0:00

DESCRIPCIÓN. Están sujetos a Declaración Responsable los siguientes actos

La persona que realiza la declaración, bajo su responsabilidad, podrá realizar las obras de reforma o rehabilitación de inmuebles existentes de acuerdo a lo previsto en la legislación urbanística y en materia de ordenación y calidad de la edificación. 
Se advierte que la ocupación de la vía pública no está implícita en este trámite, debiendo solicitar y obtener su autorización expresa mediante la solicitud correspondiente.

Este trámite SÍ es de aplicación a los siguientes tipos de obra:

  • Obras de reforma o habilitación en locales donde se desarrolle o se prevea desarrollar una actividad, que supongan una modificación sustancial de la distribución inicial. 
  • Obras de reforma integral de vivienda, que supongan una modificación sustancial de la distribución inicial. 
  • Obras de habilitación de viviendas o locales con cambio de uso. 

Las actuaciones de intervención sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimonialmente protegidos o catalogados, carentes de trascendencia patrimonial de conformidad con la normativa de protección del patrimonio cultural.

Se tramitarán por licencia urbanística aquellas intervenciones en el ámbitos rpotegidos que supongan remoción de tierras (canalizaciones enterradas, cimentaciones, etc…) y aquellas que modifiquen el aspecto exterior del inmueble o afecten a elementos de la distribución interior que posean algún tipo de interés patrimonial.

Documentación a presentar: 

  • Memoria técnica, suscrita por técnico competente, describiendo la obra y justificando que se ajusta a lo establecido en el artículo 35.b) de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano.
  • Plano de situación de la obra.
  • Instalaciones destinadas al aprovechamiento de energía solar (paneles fotovoltaicos, etc.) 

Las actuaciones siguientes están sujetas a declaración responsable con proyecto, siempre que estén acompañadas de una certificación emitida por un organismo de certificación administrativa o un colegio profesional:

a) Las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura de las construcciones, los edificios y las instalaciones de todas clases, sin importar su uso.

b) La demolición de las construcciones.

c) La modificación del uso de las construcciones, edificaciones e instalaciones, así como el uso del vuelo sobre estos.

d) El alzamiento de muros de fábrica y el cierre, en los casos y las condiciones estéticas que exijan las ordenanzas de los planes, reguladoras de la armonía de la construcción con el entorno.

e) La ejecución de obras e instalaciones que afecten al subsuelo, salvo las incluidas en el artículo 232 del TRLOTP.

f) La apertura de caminos, así como la modificación o pavimentación de estos.

g) La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública.

h) Todas las actuaciones no incluidas en el artículo 232. 233.1 ni 234 del TRLOTP.

De no acompañarse de la certificación emitida por un organismo de certificación administrativa o un colegio profesional, estarán sujetas a Licencia

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO? 

  • Cualquier persona física o jurídica que pretenda ejecutar una obra comprendida en el apartado anterior.

¿CUÁNDO SOLICITARLO?  

  • Puede solicitarse en cualquier momento siempre con carácter previo a la ejecución de la obra.

¿DÓNDE PRESENTARLO? 

  • Personas físicas:
    • En la sede electrónica (https://cortesdepallas.sede.dival.es/)
    • De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes de Pallás, situado en la Plaza de la Iglesia, 14.
    • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
  • Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, conforme al artículo 14.2 de la antes citada Ley.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Documentación obligatoria:
  1. Copia de la autoliquidación realizada y acreditación del pago del ICIO (excepto pago online) → SÍ OBLIGATORIO
  2. En su caso, documento que acredite la representación.
  3. Identificación del director de las obras, mediante alguno de los siguientes documentos: → SÍ OBLIGATORIO

               3.1. Nota de encargo.

               3.2. Nombramiento firmado por el promotor.

               3.3. Escrito de asunción de la dirección de obra firmado por el técnico.

    4.  Identificación del contratista que ejecutará las obras mediante aportación de alta en el censo del Impuesto de Actividades Económicas. → SÍ OBLIGATORIO

    5. Proyecto de ejecución suscrito por técnico competente, que incluya los documentos preceptivos de acuerdo a la normativa aplicable, y el informe sobre justificación de la misma. Deberá indicar el plazo de ejecución de las obras. → SÍ OBLIGATORIO

    6. Certificado de colegiación del técnico redactor, en caso de no estar obligado a que el mismo esté visado, de conformidad con el artículo 2 del RD 1000/2010 de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. → SÍ OBLIGATORIO

   7. Estudio de Seguridad y Salud. → SÍ OBLIGATORIO

   8. Estudio de Gestión de Residuos de la construcción y demolición. → SÍ OBLIGATORIO

   9. Hoja de Estadística de edificación y vivienda. → SÍ OBLIGATORIO
 

EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE 

  • El promotor, una vez efectuada bajo su responsabilidad la declaración de que cumple todos los requisitos exigibles para efectuar la actuación de que se trate y presentada esta ente el ayuntamiento o entidad local competente junto con toda la documentación exigida, estará habilitado para su inicio inmediato, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación e inspección de los requisitos habilitantes para el ejercicio del derecho y de la adecuación de lo ejecutado al contenido de la declaración.
  • La presentación de la declaración responsable , efectuada en tales términos surtirá los efectos que la normativa aplicable atribuye a la concesión de licencia municipal y se podrá hacer valer tanto ante la administración como ante cualquier otra persona natural o jurídica, pública o privada.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

  • La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable, o la no presentación ante la administración competente de ésta, determinará la imposibilidad de iniciar las obras o de realizar los actos correspondientes desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar. La resolución administrativa que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente; todo ello sin perjuicio de la tramitación, en su caso, del procedimiento sancionador correspondiente.

CONTACTO

  • Área gestora: Departamento de Urbanismo
  • Unidad tramitadora: Urbanismo
  • Correo electrónico: arquitecto@cortesdepallas.es
  • Teléfono contacto: 962517001 ext 3035

FUENTES JURÍDICAS Y/O DOCUMENTALES

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de fecha 2 de octubre de 2015).
  • Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
  • Ordenanza Fiscal Municipal Reguladora del ICIO.
  • Normas subsidiarias de Cortes de Pallás
  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE CORTES DE PALLÁS - P4610100B
C/ Ruhaya, s/n
46199 Cortes de Pallás
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