DESCRIPCIÓN. Están sujetos a Declaración Responsable los siguientes actos
La persona que realiza la declaración, bajo su responsabilidad, podrá realizar las obras de reforma o rehabilitación de inmuebles existentes de acuerdo a lo previsto en la legislación urbanística y en materia de ordenación y calidad de la edificación. Se advierte que la ocupación de la vía pública no está implícita en este trámite, debiendo solicitar y obtener su autorización expresa mediante la solicitud correspondiente.
Este trámite SÍ es de aplicación a los siguientes tipos de obra:
Las actuaciones de intervención sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimonialmente protegidos o catalogados, carentes de trascendencia patrimonial de conformidad con la normativa de protección del patrimonio cultural.
Se tramitarán por licencia urbanística aquellas intervenciones en el ámbitos rpotegidos que supongan remoción de tierras (canalizaciones enterradas, cimentaciones, etc…) y aquellas que modifiquen el aspecto exterior del inmueble o afecten a elementos de la distribución interior que posean algún tipo de interés patrimonial.
Documentación a presentar:
Las actuaciones siguientes están sujetas a declaración responsable con proyecto, siempre que estén acompañadas de una certificación emitida por un organismo de certificación administrativa o un colegio profesional:
a) Las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura de las construcciones, los edificios y las instalaciones de todas clases, sin importar su uso.
b) La demolición de las construcciones.
c) La modificación del uso de las construcciones, edificaciones e instalaciones, así como el uso del vuelo sobre estos.
d) El alzamiento de muros de fábrica y el cierre, en los casos y las condiciones estéticas que exijan las ordenanzas de los planes, reguladoras de la armonía de la construcción con el entorno.
e) La ejecución de obras e instalaciones que afecten al subsuelo, salvo las incluidas en el artículo 232 del TRLOTP.
f) La apertura de caminos, así como la modificación o pavimentación de estos.
g) La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública.
h) Todas las actuaciones no incluidas en el artículo 232. 233.1 ni 234 del TRLOTP.
De no acompañarse de la certificación emitida por un organismo de certificación administrativa o un colegio profesional, estarán sujetas a Licencia.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
¿CUÁNDO SOLICITARLO?
¿DÓNDE PRESENTARLO?
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
3.1. Nota de encargo.
3.2. Nombramiento firmado por el promotor.
3.3. Escrito de asunción de la dirección de obra firmado por el técnico.
4. Identificación del contratista que ejecutará las obras mediante aportación de alta en el censo del Impuesto de Actividades Económicas. → SÍ OBLIGATORIO
5. Proyecto de ejecución suscrito por técnico competente, que incluya los documentos preceptivos de acuerdo a la normativa aplicable, y el informe sobre justificación de la misma. Deberá indicar el plazo de ejecución de las obras. → SÍ OBLIGATORIO
6. Certificado de colegiación del técnico redactor, en caso de no estar obligado a que el mismo esté visado, de conformidad con el artículo 2 del RD 1000/2010 de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. → SÍ OBLIGATORIO
7. Estudio de Seguridad y Salud. → SÍ OBLIGATORIO
8. Estudio de Gestión de Residuos de la construcción y demolición. → SÍ OBLIGATORIO
9. Hoja de Estadística de edificación y vivienda. → SÍ OBLIGATORIO
EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
CONTACTO
FUENTES JURÍDICAS Y/O DOCUMENTALES